- ¿Qué es una PERSONA FÍSICA?
- ¿Qué es una SUCESIÓN INDIVISA?
Este impuesto surge de aplicar el 1,5 % sobre el valor de transferencia de cada operación (monto que surge de la escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa o documento equivalente), y será retenido por el escribano interviniente quien actúa como agente de retención.
- ¿Qué es un AGENTE DE RETENCIÓN?
Si usted está vendiendo su única vivienda y/o terreno para adquirir o construir -dentro del término de un año- una propiedad destinada a casa-habitación propia, deberá solicitar el Certificado de No Retención para evitar abonar el ITI .
¿Qué es una VIVIENDA ÚNICA?
Se entenderá por única vivienda al “espacio dentro del cual una persona o conjunto de personas viven permaneciendo en ese lugar durante considerable tiempo, no siendo indispensable que pernocten en él”, ni siendo el término equivalente a única propiedad.
Cabe aclarar que una persona puede ser titular de un único bien inmueble y no necesariamente que constituya su vivienda única allí. Por cuanto lo que define a un inmueble como Única vivienda, es que el inmueble posea las características que permitan inferir que se está en presencia del lugar donde vive el contribuyente, es decir, que el inmueble este destinado como casa habitación.
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